QUEDA ESTABLECIDOS TIEMPOS DE CAMPAÑAS Y PRECAMPAÑAS PARA EL PROCESO ELECTORAL 2024

Foto: Redes Sociales

Al quedar publicado en el Diario Oficial “Tierra y Libertad” el pasado 28 quedaron ya establecidos los tiempos para la preparación del proceso electoral, así como los tiempos de campaña que tendrán los aspirantes a la gubernatura, diputaciones y alcaldías en la entidad.

El proceso electoral iniciará con la sesión de instalación del Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, que al efecto sea convocada en la primer semana del mes de septiembre del año 2023, en términos del artículo 160 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos.

El artículo 25 de la ley general de instituciones y procedimientos electorales, en el caso que nos compete, señala que las elecciones locales ordinarias en las que se elija al gobernador o gobernadora, y los integrantes de las legislaturas locales e integrantes de los ayuntamientos en los estados de la república, se celebrarán el primer domingo de junio del año que corresponda, por lo que la elección respectiva deberá llevarse a cabo el día domingo dos de junio del año 2024, fecha concurrente con las elecciones federales para la elección de Presidencia de la República, así como Senadurías y Diputaciones Federales al Congreso de la Unión.

La duración de las campañas electorales para la elección de gubernatura será de sesenta días naturales, para las diputaciones y de ayuntamientos del estado de Morelos será de cuarenta y cinco días naturales conforme al artículo 192 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos. Las precampañas no podrán durar más de las dos terceras partes que el periodo establecido para las campañas electorales, según corresponda.

En el caso de los municipios indígenas del estado de Morelos, Coatetelco, Hueyapan y Xoxocotla, el IMPEPAC, deberá atender en el calendario electoral las provisiones para llevar acabo las elecciones de sus consejos municipales, con pleno respeto a su autonomía, así como de sus usos y costumbres que se fundamentan constitucional y convencionalmente, bajo la regularidad constitucional que implica el respeto a las comunidades indígenas.

La participación de la ciudadanía en la renovación de sus instituciones es fundamental, en la que podrá participar como candidatas o candidatos, y como electores ejerciendo el sufragio universal, libre, secreto y directo.”

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