
#EnLaOpiniónDe Jorge Argüelles Victorero.- La incorporación de los jueces sin rostro al nuevo sistema judicial mexicano abre un debate incómodo pero ineludible: cómo proteger a quienes imparten justicia sin vaciar de contenido las garantías de quienes la reciben. En un país asediado por el crimen organizado, el anonimato de los juzgadores promete seguridad, pero también tensiona la publicidad de los juicios, el derecho de defensa y la confianza en la imparcialidad de los tribunales. El verdadero desafío será decidir, con evidencia, expertos y tiempo, si esta figura puede acotarse como herramienta excepcional o si, por el contrario, nos encamina a una justicia opaca, vulnerable a la corrupción y, en última instancia, injusta.
El mayor reto de los jueces sin rostro en México es que, en nombre de la seguridad frente al crimen organizado, terminen erosionando el derecho a un juicio justo y la confianza en la imparcialidad judicial. La decisión sobre su futuro exige un esfuerzo técnico sostenido, con evidencia comparada y controles finos, o la modalidad puede devenir en una justicia opaca, vulnerable a la corrupción y, paradójicamente, injusta.
El corazón del problema es que el anonimato de quien juzga dificulta verificar su imparcialidad y competencia, pilares del artículo 8.1 de la Convención Americana. La experiencia de Perú llevó a la Corte Interamericana a concluir que los juicios ante jueces sin rostro violan el derecho a ser juzgado por un tribunal competente, independiente e imparcial, precisamente porque el acusado no puede conocer ni cuestionar al juzgador.
En México, organizaciones especializadas han advertido que un juez cuya identidad es reservada no permite detectar conflictos de interés, patrones de parcialidad ni posibles vínculos con actores políticos o criminales. La opacidad también reduce la presión de rendición de cuentas pública y favorece un entorno donde una mala sentencia puede perderse en la oscuridad burocrática, sin costo reputacional para quien la dictó.
Para los acusados, el primer impacto es sobre el derecho de defensa: sin saber quién juzga, es imposible valorar la idoneidad del juez o plantear una recusación bien fundada. Estudios recientes subrayan que la falta de identidad visible del juzgador debilita la estrategia de la defensa y hace más difícil detectar irregularidades en la integración del órgano jurisdiccional.
A esto se suma un efecto cascada ya observado en otros países: donde entran jueces sin rostro, tienden a expandirse otras restricciones como audiencias cerradas, limitaciones para interrogar testigos o plazos muy breves para preparar la defensa. De este modo, la excepcionalidad pensada para enfrentar al crimen organizado se transforma en un régimen de excepción procesal que castiga, ante todo, a los justiciables más vulnerables.
La publicidad de la justicia no es un adorno formal: es el mecanismo que permite al público, a la prensa y a la comunidad jurídica vigilar cómo se imparte justicia. La figura del juez sin rostro, si se diseña sin contrapesos, debilita esa transparencia y puede alimentar la percepción de que se está construyendo una “justicia secreta” al margen del escrutinio democrático.
Al mismo tiempo, el riesgo que enfrentan jueces y juezas en regiones dominadas por el crimen organizado es real: hay registros de amenazas, asesinatos y presiones abiertas que vuelven ilusorio el ideal de un juzgador sin miedo. La tensión no es entre seguridad sí o no, sino entre qué tipo de protección construimos: anonimato absoluto y opacidad, o esquemas mixtos con identidad conocida pero resguardos físicos, tecnológicos y logísticos reforzados.
La experiencia internacional muestra que los tribunales sin rostro son un atajo punitivista que ofrece respuestas rápidas pero genera pasivos enormes en derechos humanos y legitimidad institucional. En México, voces especializadas han señalado que antes de normalizar esta figura habría que agotar otras rutas: fortalecer la seguridad integral de los jueces, depurar la carrera judicial, blindar los procesos de designación y desmontar las redes de corrupción que abren la puerta al crimen organizado.
Tomarse en serio este dilema implica invertir horas hombre, talento técnico y diálogo con quienes ya vivieron las consecuencias de estas medidas: jueces, defensores públicos, organizaciones de derechos humanos, académicos y organismos internacionales. Sin esa deliberación profunda, y sin reglas estrictas que mantengan a los jueces sin rostro como un recurso verdaderamente excepcional, la reforma corre el riesgo de transformar la justicia en un espacio opaco donde ni los juzgadores se sienten seguros ni los ciudadanos se sienten justamente juzgados.
POR: JORGE ARGÜELLES VICTORERO
COLABORADOR
@JORGEARGUELLESV



